lunes, 23 de enero de 2012

En relacion a la Ley Antiterrorista de Chile.

LA TEMIDA APLICACIÓN DE LA LEY ANTITERRORISTA EN CHILE

La Real Academia de la Lengua Española define la palabra “terrorismo” como la “dominación por el terror; sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir el terror”. Desde 1984 existe en Chile una ley que sanciona las conductas terroristas, así como también la colaboración con este tipo de actividades. En Chile además tiene un adicional que pone como condición que siempre y cuando ocurran en las siguientes circunstancias:
-         Que el delito se cometa con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de este tipo de delitos
-           Que se cometa mediante artificios explosivos o incendiarios, armas de gran poder destructivo, medios tóxicos, corrosivos o infecciosos u otros que pudieren ocasionar grandes estragos, o mediante el envío de cartas, paquetes u objetos similares, de efectos explosivos o tóxicos.

Comentario personal. En relación a este punto, lamentablemente bajo el gobierno de Sebastian Piñera (cabe mencionar que no tengo nada contra este gobierno) presionado por una huelga de “Comuneros Mapuches”, modifico este articulo diciendo: "Se elimina la presunción de dolo terrorista respecto a todo delito cometido mediante artificios explosivos o incendiarios, armas de gran poder destructivo, medios tóxicos y otros (el dolo debe ser probado)".

Por supuesto que siempre en una causa el dolo debe ser probado pero si el uso de todos esos instrumentos no son intencionales, no sé que es intencional.

Otra de las modificaciones: “Se reducen las penas para los delitos de incendio cuando estos constituyan delitos terroristas”.

Comentario Personal. Esta modificación también es lamentable, no trasluce más que mano blanda contra acciones terroristas. El motivo para las modificaciones son producto de presiones para que cesara una huelga de hambre, de un grupo que se caracteriza por hacer uso de incendios para lograr sus objetivos. Esta falta de valentía del gobierno, ha sido cuchillo para su garganta que se ha visto sobrepasado con los incendios “provocados” en la región de la Araucanía, ocasionando la muerte de brigadistas, destrucción de un sin número de casas de lugareños y bosques de pino soñados. Si los van a premiar por sus hechos independientemente de las consecuencias, estaremos abonando actos sucesivos porque la sanción no intimida a nadie.

-         Que el delito sea cometido para arrancar resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias.

Comentario personal. El delito nunca se debe permitir como acto de presión.

Tomadas estas consideraciones básicas, también se incluyen en la lista de actos terroristas otros delitos como:
-         Apoderarse o atentar en contra de una nave, aeronave, ferrocarril, bus u otro medio de transporte público en servicio, o realizar actos que pongan en peligro la vida, la integridad corporal o la salud de sus pasajeros o tripulantes
-         Atentar en contra de la vida o la integridad corporal del Jefe del Estado o de otra autoridad política, judicial, militar, policial o religiosa, o de personas internacionalmente protegidas, por los cargos que ejercen.
-         Colocar, lanzar o disparar bombas o artefactos explosivos o incendiarios de cualquier tipo, que afecten o puedan afectar la integridad física de personas o causar daño.
-         La asociación ilícita cuando ella tenga por objeto la comisión de delitos que deban calificarse de terroristas.
-         Los delitos de secuestro, sea en forma de encierro o detención, sea de retención de una persona en calidad de rehén y de sustracción de menores, cometidos por una asociación ilícita terrorista, serán considerados siempre como delitos terroristas.
Una de las últimas modificaciones que sufrió la norma, antes de las aprobadas recientemente en el Congreso, incorporó un artículo que especifica que aquella persona que “solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquiera de los delitos terroristas” mencionados anteriormente, será sancionada con pena de presidio.

Comentario personal. “Respecto al proyecto que restringe la competencia de los tribunales de justicia militar, traspasando todas las causas que afectan a civiles en dichas cortes a la justicia ordinaria, éste también fue aprobado por el Congreso”. Me parece positivo porque por lo general estos actos no son cometidos por las fuerzas armadas ni contra sus establecimientos y se trata de un gobierno civil pero deberían ser juzgados por tribunales penales directamente.

No sé porque la derecha en este país se siente identificada con los abusos a los Derechos Humanos en circunstancias que nadie a cometido mas abusos contra los Derechos Humanos en el mundo que la izquierda y no me parece que tengan ningún complejo de culpa, es mas, jamás lo mencionan. Que alguien en un momento dado haya cometido esos delitos y ese gobierno haya hecho uso de políticas económicas  que se identifican con políticas economicas de derecha no significa que todo el que comulgue con esas políticas sea un abusador de los Derechos Humanos. Este gobierno tuvo como premisa no emplear en la administración pública a nadie del gobierno militar que pudiese estar incurso en esos hechos, por lo demás, muy condenables y lamentables.

Este gobierno de centro derecha le tiene miedo a que lo acusen de discriminación contra las etnias indígenas a la izquierda internacional o grupos ecologistas. A mí me parece que todos son ciudadanos de un mismo país, con los mismos derechos y obligaciones y están sometidos a la misma legislación y quien incurra en hechos delictivos, provenga de donde provenga, en el territorio nacional no debe quedar impune, los afectados también tienen derechos.

Aplicar la ley antiterrorista es bueno, cuando las circunstancias y los hechos lo ameritan porque encajan dentro de los enunciados de la misma. No hay que darle descanso al delito porque las sociedades están conformadas por mas gente buena que mala y los malos no pueden ser los protagonistas, aterrorizando al resto, ni ser dueños de la última palabra.


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